Todos conocemos de sobra las consecuencias sanitarias que pueden tener la presencia de determinados “metales pesados” tanto en los alimentos que consumimos como en el ambiente en el que vivimos y el aire que respiramos.
No todos los metales calificados como pesados son perjudiciales para nuestra salud y para la de cualquier ser vivo: muchos de estos metales, como el hierro, cobalto y zinc, son esenciales para nuestra vida y para el normal desarrollo de nuestro organismo, pero siempre en unas concentraciones generalmente bajas, sobrepasando las mismas, se convierten en peligrosos para nuestro organismo.
Por este motivo, el control y análisis de metales pesados en alimentos, aguas, suelos y medioambiente se convierte en una actividad estrictamente necesaria para asegurar que tanto nuestro entorno, como nuestras principales fuentes de alimentación se encuentran dentro de los límites establecidos como no perjudiciales para nuestra salud.
La legislación nos ayuda a conocer los límites permitidos para cada tipo de alimento y los metales pesados que principalmente debemos analizar para conocer y asegurar la inocuidad de nuestros alimentos.
Por ejemplo, en el Reglamento (CE) 1881/2006, vienen definidos, entre otros contaminantes, los metales pesados que debemos analizar (Plomo, Cadmio, Mercurio, Estaño inorgánico) en cada tipo de alimento, definiendo también los límites máximos que se permiten encontrar para cada uno de estos metales pesados.
Con la finalidad de cumplir con la legislación vigente y teniendo en cuenta las particularidades que cada industria alimentaria puede poseer, considerando como particularidades principalmente la metodología de trabajo y las condiciones de producción (instalaciones, situación geográfica…), la industria alimentaria debe establecer dentro de su plan analítico, el análisis periódico de los metales pesados con la frecuencia que en cada caso se necesite, asegurando además, que los métodos analíticos utilizados sean capaces de conseguir resultados fiables y con un límite de detección suficiente como para poder cumplir con los límites establecidos por la legislación en vigor.
Colaborar en estos casos con un laboratorio que nos ofrezca la confianza suficiente, significa trabajar de rutina con un laboratorio cuya filosofía de trabajo se rija por alguna norma de calidad (preferiblemente ISO 17025) y con un equipamiento de última generación que nos permita obtener resultados fiables, trazables y con la mayor precisión posible.