Límites máximos de níquel en alimentos

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La Comisión Europea publicó el año pasado el Reglamento (UE) 2024/1987, de 30 de julio de 2024, que altera el Reglamento (UE) 2023/915 en lo concerniente a los límites máximos de níquel en alimentos. Por primera vez, se fijan valores legales para este contaminante en diferentes grupos de alimentos, con el propósito de proteger la salud pública y disminuir la exposición dietética al níquel, sobretodo en personas sensibles.

Asimismo, este reglamento responde a las recomendaciones de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) (Recomendación2024/907), que identificó la necesidad de controlar la presencia de níquel en la dieta, debido a sus efectos tóxicos, en particular, se presta especial atención a las personas con alergia al níquel.

A partir de hoy, 1 de julio de 2025, entran en vigor los límites de níquel en varios grupos de alimentos. A continuación, presentamos un resumen de los límites máximos permitidos y su fecha de aplicación.

Límites máximos de níquel en los diferentes grupos de alimentos

A continuación, se presenta una tabla con los valores máximos permitidos (en mg/kg) y sus fechas de aplicación:

🥗 Grupo de alimentos Límite máximo (mg/kg) Fecha de entrada en vigor
Frutos de cáscara arbóreos (excepto castañas, piñones, nueces, nueces del Brasil y anacardos) 3,5 1 julio 2025
Castañas, piñones, nueces, nueces del Brasil y anacardos 10 1 julio 2025
Raíces, tubérculos y bulbos 0,90 1 julio 2025
Frutos y pepónides 0,40 1 julio 2025
Hortalizas del género Brassica 0,50 1 julio 2025
Hortalizas de hoja (excepto hierbas frescas) 0,50 1 julio 2025
Hierbas frescas 1,2 1 julio 2025
Leguminosas frescas (excepto habas de soja/edamame) 1,0 1 julio 2025
Habas de soja/edamame (frescas) 6,0 1 julio 2025
Tallos jóvenes 0,40 1 julio 2025
Algas marinas (excepto wakame) 30 1 julio 2025
Wakame 40 1 julio 2025
Legumbres secas (excepto judías secas y altramuces secos) 4,0 1 julio 2025
Judías secas y altramuces secos 12 1 julio 2025
Semillas de girasol 8,0 1 julio 2025
Cacahuetes 12 1 julio 2025
Habas de soja (semillas secas) 15 1 julio 2025
Chocolate con leche (<30% de cacao) 2,5 1 julio 2025
Chocolate con leche (≥30% de cacao) y chocolate 7,0 1 julio 2025
Cacao en polvo y cacao desgrasado en polvo 15 1 julio 2025
Zumos de frutas, néctares y zumos de hortalizas (excepto los especificados) 0,25 1 julio 2025
Zumos y néctares que contengan frutas de la pasión, granos de cacao, bayas, frutas pequeñas o agua de coco 1,0 1 julio 2025

 

¿Qué implica para el sector alimentario?

Como consecuencia, las empresas del sector deben asegurar que sus productos cumplan con estos límites a partir de las fechas indicadas. Por ello, será fundamental realizar controles analíticos periódicos que permitan asegurar la conformidad legal y proteger la salud de los consumidores.

 

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